En su articulado la normativa aclara que "lo dispuesto será de aplicación sin perjuicio de los requisitos exigidos para la obtención del Certificado de Exención Definitivo Tipo "A", documento necesario para el goce del beneficio establecido".
La medida fue publicada en el Boletín Oficial el viernes pasado y a partir esa fecha los beneficiarios quedarán exceptuados de la retención del Impuesto por parte del comprador que había sido establecida en el 2,86% del valor facturado, por medio de la anterior Resolución 043/2012.
De esta manera, entonces, los productores no sufrirán dicha retención al comercializar el producto y, mientras tanto, podrán gestionar la exención definitiva ante la DGR Misiones.
Cabe recordar que el Registro Nacional de Productores Yerbateros funciona dentro de la órbita del INYM. Para cualquier información adicional los productores interesados pueden comunicarse telefónicamente a la línea rotativa 0376 4425273 o concurrir personalmente a las oficinas del Instituto, ubicadas en calle Rivadavia N° 1515, casi Santa Fe, segundo piso, de Posadas.