Economía

Se oficializó la eliminación de retenciones agropecuarias

Sólo se mantiene (con reducciones) en soja, cueros y lana. Todos los demás productos dejan de estar gravados

17 Dic 2015

El gobierno nacional –tal como había anunciado el presidente Mauricio Macri esta semana– oficializó la eliminación de derechos de exportación aplicados sobre la mayor parte de los productos agroindustriales.

En los fundamentos de la medida –decreto 133/15 publicado hoy en el Boletín Oficial– se indica que el “Estado Nacional está decidido a implementar medidas efectivas tendientes a revertir los indicadores negativos de la economía argentina, incluyendo acciones concretas destinadas a superar la crisis agropecuaria y reactivar al sector, eliminando las trabas y restricciones que hoy limitan su capacidad, al tiempo que se favorece el cuidado del capital natural de nuestros suelos”.

“Las denominadas retenciones a las exportaciones en la actualidad no logran cumplir ninguno de los objetivos extra fiscales para las que fueron trazadas, existiendo un marcado deterioro del nivel de crecimiento económico, un sostenido incremento de los precios internos y un preocupante desequilibrio entre el mercado externo e interno”, añade.

Las únicas excepciones corresponden a poroto de soja, con una retención que pasa del 35% al 30% del valor FOB, y la harina y aceite de soja, que pasarán a tributar un 27% versus un 32% vigente hasta ayer. Los pellets de cáscara de soja y mezclas de aceite refinado que contengan aceite de soja también tendrán una retención del 27%.

Los cueros bovinos salados secos, que hasta ayer tributaban una retención del 15%, ahora pasarán a tener un derecho del 10% (pero, por el momento, manteniendo la protección brindada por el hecho de que dicha retención se aplica sobre la cotización en Chicago del cuero de novillo con marca en culata –Butt Branded Steer– más costo de flete según lo dispuesto por laresolución 537/92).

Además, el derecho aplicado sobre la lana sin cardar ni peinar baja de 10% a un 5%, mientras que el correspondiente a papel o cartón de desperdicio para reciclar se mantiene en el 20%.

Aún falta definir cuál será el derecho de exportación del biodiesel (la última alícuota móvil, vigente para el pasado mes de octubre, fue de 3,31%).

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