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El Senasa aprobó el nuevo procedimiento para el registro de productos fertilizantes

El Senasa aprobó el nuevo procedimiento para el registro de productos fertilizantes, enmiendas, acondicionadores, protectores y materias primas destinado a quienes se encuentren interesados en su elaboración, importación, exportación, tenencia, fraccionamiento, distribución y venta.

25 Abr 2024

 El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó el nuevo procedimiento para el registro de productos fertilizantes, enmiendas, acondicionadores, protectores y materias primas, destinado a quienes se encuentren interesados en su elaboración, importación, exportación, tenencia, fraccionamiento, distribución y venta.

Este procedimiento que fue establecido mediante la Resolución Senasa 431/2024 publicada en el Boletín Oficial. 

"Busca simplificar el registro y brindarle mayor eficiencia, facilitando los procesos de inscripción y haciendo foco en los controles de calidad de los productos, tanto en su elaboración y como en su distribución", indica el comunicado del Senasa.

Además, en la Resolución se detallan los requisitos para el registro, los parámetros de calidad para la comercialización, y los formularios de inscripción, como así también el certificado que se otorgará una vez finalizado el trámite.

"Es un gran cambio en los procesos de inscripción, especialmente para los commodities que representan un muy alto porcentaje del mercado de fertilizantes. Para estos productos como urea, Dap, Map, sólo se presenta una declaración jurada de cumplimiento de condiciones de calidad y datos de identificación", explicaron desde el organismo. 

"Además para el universo de productos, los registros ya no deben renovarse anualmente ni deberán presentar muestras como parte del trámite de registro".

Asimismo, en la nueva normativa están descriptos otros trámites y modificaciones que se admiten como por ejemplo transferencia de productos de una empresa a otra, cambio del nombre comercial del producto, y ampliación de envases.

Por último, se establece cuáles son las prohibiciones en relación con los productos mencionados, como ser: comercialización de productos vencidos, elaboración y/o comercialización de mezclas secas que contengan simultáneamente componentes en polvo y granulados.

Para más información o consultas referidas a este tema enviar un correo electrónico a dirabio@senasa.gob.ar

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