El Ministerio de Bioagroindustria, a través de la Dirección General de Fiscalización y Control, realizó controles de oficios en establecimientos agropecuarios ubicados en las localidades de Oncativo (Río Segundo) y La Puerta (Río Primero), para corroborar lo dispuesto por la Ley N°9164 (el uso de la receta fitosanitaria digital, habilitaciones de los equipos de pulverización y de sus operarios).
Puntualmente, se fiscalizaron depósitos de productos fitosanitarios para verificar las condiciones de infraestructura y operatividad, como lo indica el Anexo II del decreto reglamentario 132/05.
Como resultado de las inspecciones, se procedió a la clausura preventiva de tres máquinas autopropulsadas por no contar inscripciones correspondientes ante este Ministerio. Además, fueron intimados a renovar habilitación.
También se fiscalizaron depósitos de fitosanitarios y fueron intimados quienes no cumplen con los numerales establecidos según Anexo II Decreto Reglamentario 132/05 de acuerdo a la Ley Provincial 9164.
Cabe aclarar que toda aplicación de productos fitosanitarios debe ser realizada con equipo y operario habilitado para tal fin y la aplicación debe ser prescripta a través de Receta Fitosanitaria Digital (RFD), la cual es emitida por un asesor fitosanitario.