El Juzgado Federal N°1 de Córdoba, a cargo del juez Ricardo Bustos Fierro, declaró inadmisible el recurso de apelación del Estado Nacional contra la resolución que dio trámite al amparo colectivo nacional contra las retenciones agropecuarias.
Cabe recordar que el magistrado federaladmitió la demanda de la Sociedad Rural Argentina para que se declare la inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro las retenciones por exportación.
El planteo central de la SRA es que el gobierno no tiene derecho a cobrar las retenciones ya que no existe una prórroga a de la ley de emergencia económica de 2019 y el Congreso no aprobó el presupuesto para el año en curso donde se contemplen dichas medidas.
El Estado Nacional (a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General de Aduanas) apeló esta decisión y sostuvo que en la causa no se demostró que estas normas "exigibles solo a los exportadores, configuren, en la concreta situación de cada uno de los socios de la entidad".
También apuntó contra la Sociedad Rural y sostuvo que "no posee legitimación alguna para representar ni accionar en nombre de ningún integrante de esa entidad".
Sin embargo, el juez sostuvo que la materia impugnada es "irrecurrible" de acuerdo a la ley de Amparo (16.986) y la acordada 12/2016 de la Corte Suprema que regula los procesos colectivos.