El gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley N° 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar, que busca impulsar y valorizar la producción de pequeños productores, a través del Decreto 292/2023.
Una de las novedades es que se creará para tal fin un banco de tierras para la agricultura familiar.
El "Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar" "fue creado con la finalidad prioritaria de incrementar la productividad, seguridad y soberanía alimentaria y de valorizar y proteger al sujeto esencial de un sistema productivo ligado a la radicación de la familia en el ámbito rural, sobre la base de la sostenibilidad y contempla acciones y programas para procesos productivos y de comercialización destinados a incrementar la productividad y competitividad en el ámbito rural", indica la normativo.
También entre sus objetivos están el apoyo al desarrollo tecnológico, asistencia técnica e investigación, fomentando experiencias innovadoras en materia de producción y consumo; la elaboración de propuestas relacionadas con temáticas referidas a la educación, formación y capacitación rural y también la priorización de políticas de provisión y mejora de la infraestructura rural en todas sus dimensiones, indica el decreto.
Asimismo, prevé garantizar el acceso y el funcionamiento de todos los servicios sociales como educación, deportes, salud, cultura, discapacidad, desarrollo y promoción social, así como la asistencia social directa, y contempla además instrumentos de promoción vinculados a la Sanidad Agropecuaria, a beneficios impositivos, aspectos previsionales, certificaciones de calidad, seguros y líneas de crédito específicas.
Por otro lado, contempla la perspectiva de género. "El Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar deberá establecer mecanismos de priorización en la asignación de recursos a las mujeres", con el fin de reducir las "brechas de género" que existen.
Los agricultores y las agricultoras familiares definidos y definidas como tales deberán acreditarse en forma individual o asociativa en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (RENAF).
También estipula la creación un banco de tierras, que permite la entrega de tierras del Estado para los agricultores registrados en el Renaf que las pidan, a través de su venta, arrendamiento o donación.
La normativa incorpora a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE) con capacidad de actuar e informar "todos aquellos inmuebles rurales que por sus características específicas y técnicas sean aptos y se encuentren disponibles.
El Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (Infaci) será la autoridad de aplicación de la ley. Tendrá 90 días para diseñar y presentar programas específicos para la producción y comercialización del sector y deberá poner en funcionamiento el Centro de Producción de Semillas Nativas (Ceprosena), la participación de organismos científicos vinculados con la materia y la elaboración de propuestas curriculares con participación del referido Consejo de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena.
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