La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) habilitó a las micro, pequeñas y medianas empresas exportadoras a postergar por 60 días el pago de los derechos de exportación, a través de la Resolución General 4728/2020 publicada en el Boletín Oficial.
La medida tiene como objetivo llevar un alivio financiero para más de 25.000 mipymes exportadoras, y alcanza a empresas con deudas impositivas o previsionales, las cuales podrán, en ese plazo, cancelar esas obligaciones tributarias.
La decisión del organismo recaudador fue en respuesta a pedidos que hicieron entidades industriales para lograr un alivio financiero en medio de la crisis provocada por la pandemia del coronavirus.
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Las empresas beneficiadas por esta nueva medida, son las que hasta ahora no pudieron acceder al plazo de postergación previsto, por contar con deudas impositivas o previsionales. La norma, que será implementada por la Dirección General de Aduanas (DGA), habilita durante 60 días a que esas pymes exportadoras pospongan el pago de los derechos de exportación.La Afip precisó que todas las empresas que quieran acceder a este beneficio deberán presentar una declaración jurada como garantía.
La resolución permitirá a las Pymes exportadoras que hayan facturado menos de USD20 millones en 2019 tener un plazo de espera de 120 días corridos. Mientras que aquellas que están alcanzadas por el 12% de derecho de exportación, tendrán límites entre 60 y 90 días.
"Finalmente, los exportadores de productos agrícolas, deben registrar una declaración jurada de venta al exterior (DJVE), en forma previa a realizar la exportación. En el momento de registro de la DJVE deben cancelar el 90% de los derechos de exportación, mientras que el restante 10% lo deberán ingresar dentro de los 15 días posteriores a efectivizada la exportación", destacaron desde la Afip.
Fuente: BAE