La AFIP emitió ayer la Resolución General 4101-E, que dispuso la devolución anticipada del IVA, para proyectos de energía renovable aprobados en el Ministerio de Energía y Minería, básicamente aquellos que fueron adjudicados en el programa Renov.ar. De esta forma se suma un beneficio fiscal más al sector, que ya cuenta con la amortización acelerada de activos, y la posibilidad de importar equipos sin arancel hasta fin de año.
Según esta resolución, los responsables inscriptos en el IVA que realicen inversiones en emprendimientos de producción de energía eléctrica con fuentes renovables, podrán solicitar la acreditación contra otros impuestos nacionales de este gravamen, que les haya sido facturado por compra, fabricación, elaboración o importación de bienes de capital.
El ente recaudador explicó que podrán solicitar la acreditación del gravamen que les hubiera sido facturado contra otros impuestos, o en su caso, la devolución anticipada, quienes hayan obtenido el Certificado de Inclusión en el ?Régimen de Fomento de las Energías Renovables? ante el Ministerio de Energía.
También "podrán acceder a este beneficio los titulares de proyectos relacionados con Contratos de Abastecimiento, según las disposiciones del Artículo 3´ de la Resolución Nº 202/2016", explicó Víctor Brigo, gerente de Tax & Legal de KPMG Argentina.
"Se trata de una medida crucial, tanto las empresas que ya invirtieron como las que tienen procesos de inversión en marcha, y hace a la seguridad jurídica", opinó Juan Bosch, titular del trader de energía SAESA. "Aplica tanto a proyectos Renov.ar como a las empresas (grandes consumidoras energéticas) que tengan que cumplir individualmente con la ley y cubrir su consumo eléctrico con un 8% de renovables para fin de año", apuntó por su parte Geraldine Assmus, de la consultora y desarrolladora Sustentator.
"Es uno de los beneficios más potentes de los que brinda la Ley de Renovables" señaló por su parte Martín Pochtaruk, Presidente de Isla Power, compañía argentino-canadiense que está construyendo dos parques solares y uno eólico en San Juan. "Estos beneficios son habituales para inversiones de infraestructura en muchos países".
Sin embargo, para Alfredo Bernardi, de Genneia, desarrolladora del parque eólico Rawson en Chubut, "se trata de una reglamentación operativa, que no agrega beneficios al sector". Las devoluciones serán del 10,5% o el 21% de IVA de los bienes y las obras de infraestructura que cuenten con un PPA (power purchase agreement) firmado y certificado de inclusión al régimen de renovables.
Si bien la compra-venta de energía entre privados aún no está reglamentada, "es de esperar que le apliquen los mismos términos que a las empresas que venden energía al Estado", destacó Pochtaruk.
En cuanto a otros beneficios impositivos, se cuentan la utilización de un certificado fiscal que actuaría como un descuento sobre las compras de equipo nacional y la posibilidad de amortización acelerada. Dependiendo de la provincia donde se radica el proyecto, también existe la posibilidad de obtener una tasa más baja o diferida de Ingresos Brutos.
Aunque "hasta diciembre se pueden importar equipos sin arancel, muchas inversiones se harán más allá de fin de año, dado que la posibilidad de financiar los proyectos está ligada a la posibilidad de financiar el equipo que se utiliza", estimó el titular de Isla Power.