Empezó la aplicación de feromonas pulverizables sobre 15 mil hectáreas contra la Lobesia botrana
Se empleará un producto apto para producciones orgánicas, de elevadísima especificidad como la feromona, que no presenta peligro alguno para flora, fauna, agua, suelo y población en general.
El sábado pasado se comenzó a implementar la última herramienta de control que se prevé como parte del operativo contra la Lobesia en esta temporada. La misma consiste en la aplicación aérea de feromonas pulverizables en distritos Junín, Rivadavia y San Martín, Mendoza.
Con el objetivo de reforzar acciones en áreas de la provincia de Mendoza con mayor presencia de la plaga, la aplicación de feromonas pulverizables se realizará sobre 15.000 hectáreas, del Oasis Norte-Este de la provincia. Las acciones serán supervisadas por técnicos del ISCAMEN y del Senasa.
Como en las campañas anteriores, en las cuales el servicio se prestó con absoluta normalidad, se empleará un producto apto para producciones orgánicas, de elevadísima especificidad como la feromona, que no presenta peligro alguno para flora, fauna, agua, suelo y población en general. Asimismo, no se realizarán aplicaciones en zonas urbanas, periurbanas, escuelas, centros de salud, hospitales, etc., por las propias condiciones de operatividad de las aeronaves.
El operativo de control ha incluido diversas etapas de intervención en momentos oportunos de control, según el estado biológico de la plaga y la fenología de los cultivos. El mismo estuvo dividido en cuatro momentos: asistencia con emisores de feromonas, servicio de tratamientos aéreos con productos específicos y de bajo impacto ambiental, entrega de productos insecticidas específicos para algunas áreas y, por último, aplicación aérea de feromonas pulverizables.
Las acciones de control se desarrollan en el marco de la Ley Nacional 27227, que declara de interés nacional el control de la plaga; la Ley Provincial 9076, que declara de interés provincial el control del insecto, y la Res. 449/2018 de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, la que establece las recomendaciones y consideraciones generales para poder llevar adelante estas acciones de control de la plaga.