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Aprueban en comisión un proyecto de ley que endurece las penas por incendios forestales

Los diputados aprobaron en comisión un proyecto de ley que endurece las sanciones para quienes provocan desastres ambientales

Los diputados aprobaron en comisión un proyecto de ley que endurece las sanciones para quienes provocan desastres ambientales. Si bien se mantuvieron las penas mínimas, se agregaron varios agravantes para aumentar la severidad de los castigos en casos de daño ambiental grave.

Según detalló la Fundación Barbechando, la propuesta, impulsada por diferentes bloques, establece modificaciones en los artículos 186 y 189 del Código Penal, que regulan los delitos de incendio y destrucción de bienes. 

De esta manera, las penas mínimas por incendio intencional se mantienen en tres años, pero se han añadido agravantes que elevan las máximas de diez a doce años en algunos casos, indica la Fundación Barbechando. 

Otro de los ejes es que se endurecen las penas en situaciones donde el daño se produce por negligencia, imprudencia o falta de cuidado, que ahora podrían implicar entre seis meses y cuatro años de prisión.

Si el incendio intencional causa la muerte de una persona, la pena será de ocho a veinte años de prisión. También se contemplan penas de tres a quince años si el fuego pone en peligro la vida de alguien, y si es por negligencia, de uno a cinco años.

Además, se han añadido agravantes específicos para incendios en áreas protegidas, afectando zonas naturales y ecosistemas valiosos. 

Si el tiene como objetivo fines económicos se agrava la pena, si e lleva a cabo en épocas de sequía o con el apoyo de funcionarios públicos, las sanciones serán aún más severas, incluyendo inhabilitación para funcionarios implicados.