Economia

Castagneto se defendió de las críticas por la implementación de un nuevo régimen de percepción de IVA

El titular de la AFIP aseguró que el objetivo es que el impuesto que paga el consumidor final sea efectivamente ingresado al fisco

 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó un nuevo régimen de percepciones sobre alimentos y otros productos de primera necesidad y fue duramente cuestionado por las cámaras empresarias.

Mediante la Resolución 5329/2023, con vigencia a partir del 1° de abril de 2023, la AFIP dispuso un régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a las operaciones de venta de alimentos para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y de limpieza que se adquieran a responsables inscriptos en ese tributo.

Ante este panorama, las cámaras empresarias expresaron su preocupación ante la medida y manifestaron que la única forma de cumplir el pago es "trasladar al precio de venta de los productos, reflejándose a nivel país en un incremento de precios". Y solicitaron a Castagneto que "esta Resolución exceptúe a contribuyentes categorizados en el Registro Nacional PYME".

En respuesta a los cuestionamientos, el Administrador Federal argumentó que "la implementación es resultado de análisis sectoriales en los que se ha observado que una proporción relevante de las ventas de los mencionados productos no se declaran, de lo cual resulta que el impuesto abonado por los consumidores finales no llega a las arcas del Estado".

En este sentido, destacó que de ninguna manera se trata de incrementar la presión impositiva sobre el precio de los alimentos, sino que el objetivo central es que e l IVA que paga el consumidor final cuando compra un producto, realmente sea ingresada al fisco "para ser aplicado a financiar las necesidades públicas".

"Queremos una AFIP justa y equitativa, donde paguen los que tienen que pagar", manifestó el titular del ente recaudador en sus redes sociales.

Asimismo, aseguró que la norma prevé un "Registro de Sujetos No Alcanzados", disponible mediante un trámite simple en la web de AFIP, para quienes tengan sus cuentas en orden.

Por último, remarcó que esta medida no implica un incremento de la carga tributaria, dado que ello requeriría la intervención del Congreso, sino que es una ampliación del alcance del régimen vigente.

"Debe recordarse que la creación de nuevos tributos, así como el incremento de los existentes, debe surgir de una ley emanada por el Honorable Congreso Nacional", concluyó el titular de AFIP.

Por Sabrina Lubrano