Brindan recomendaciones para la cosecha, acopio y secanza de yerba mate
Ante la emergencia sanitaria por el COVID-19 se encuentran habilitadas las tareas de cosecha, como así también las que se desarrollan en secaderos y molinos.
La producción y elaboración de yerba mate integra el lote de actividades exceptuadas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional, por lo cual se encuentran habilitadas las tareas de cosecha, como así también las que se desarrollan en secaderos y molinos.
Al momento de realizarlas es necesario seguir las recomendaciones que efectúan los organismos sanitarios y adoptar algunas de las medidas tomadas en otras cadenas productivas.
El artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia que estableció las medidas de aislamiento ante la pandemia de Coronavirus indica, en sus incisos 12 y 13, que pueden operar "las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios" y también aquellas "actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca".
Desde el INYM sostenemos que la seguridad de la familia yerbatera es sumamente importante, tanto ante la pandemia vinculada al COVID 19 como a la epidemia de dengue, por lo cual consideramos necesario seguir estas recomendaciones durante las actividades de cosecha, acopio y secanza de la yerba mate:
En la chacra:
• Incrementar la higiene de los establecimientos.
• Evitar el uso compartido de elementos y herramientas de trabajo.
• Realizar con frecuencia la limpieza y desinfección de herramientas y equipos, utilizando para ello alcohol en gel o alcohol diluido (tres partes de alcohol y una de agua) y para las superficies lavandina.
Traslado del personal, tarefa y flete:
• Se recomienda que, en la medida de lo posible, cada tarefero realice su traslado en forma individual, por sus propios medios y evitando aglomeraciones.
• De no ser posible, el traslado de trabajadores debe ser realizado con transporte habilitado, debiendo respetarse en todos los casos, la distancia mínima recomendada por los organismos competentes.
• No compartir cabina de camión, cosechadora o tractor.
• No se deberá compartir mate, tereré, utensilios para tomar agua. Debe haber disponibilidad de agua y cada trabajador con vasos o botellas individuales.
• En el momento de la cosecha, no trabajar de a pares. Cada cosechador deberá tener su lineo o zona de cosecha. También deberán marcarse las ponchadas, tijeras y serruchos para que sean personales. Las herramientas deben lavarse por lo menos dos veces al día.
• Los guantes, en caso de no sean descartables, deberán ser lavados o desinfectados.
Secaderos o playas de acopio
• Es importante que el camionero se traslade solo sin acompañante.
• Evitar la congestión de personas en la báscula.
• La comunicación entre el personal del secadero y el camionero debe mantenerse al aire libre y respetando la distancia recomendada de 1,5 metros.
• Sólo deben estar en el lugar el personal mínimo indispensable para la actividad.
• Rociar las ponchadas con agua y lavandina, una vez descargadas.
PARA TODOS LOS CASOS
• Garantizar el lavado de manos. Tiene que haber jabón y agua disponible.
• Se recomienda la utilización de alcohol en gel o alcohol común de 96 o 97º diluido al 70% (7 partes de alcohol en 3 partes de agua).
• Sólo deben estar en el lugar el personal mínimo indispensable para la actividad.
• En las actividades grupales indispensables se deberá guardar una distancia mínima de 1,5mts entre las personas.
• Se recomienda toser o estornudar sobre el pliegue del codo.
• Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional poseerán licencias, las cuales no afectarán la percepción de las remuneraciones normales y habituales.
• Si en el lugar de trabajo se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca y/o dificultad para respirar, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente ante esa situación. Si el empleado se encuentra en su domicilio presentando alguna de estas sintomatologías, debe consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que la empresa lo determine.
• Si alguien presenta fiebre de 38 grados o más llamar al 0800 800 26843 (COVID). Su retorno estará supeditado a la presentación de la alta médica. En caso de corresponder, seguir instrucciones de aislamiento o cuarentena.
• Si viene de provincias o países con casos ya detectados debe hacer la cuarentena (14 días aislado) antes de ingresar al predio o establecimiento.
• Para evitar las picaduras de mosquito y prevenir el Dengue utilizar ropa adecuada y repelentes en las áreas del cuerpo expuestas y no dejar recipientes con agua que puedan servir de criaderos de mosquitos.
El INYM efectúa estas recomendaciones para el sector yerbatero basado en las medidas aconsejadas por los diversos organismos sanitarios y en la adaptación a la producción de yerba mate de las indicadas para otras producciones como vinos, granos, ganado, tambo, desarrolladas por Federación Agraria, Carbap y acordadas por siete instituciones agroindustriales: Cámara de Argentina del Transporte Automotor de Cargas (CATAC), Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina, Centro de Exportadores de Cereales (CIARA-CEC), Cámara de Industriales de Maíz por Molienda Seca, Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO), Federación de Acopiadores de Granos de la República Argentina, Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM) y Federación de Transportadores Argentinos (FETRA). )
Por dudas y consultas llamar:
0800-222-1002 - 0800 Salud Responde, opción 1. Teléfono gratuito para llamados desde todo el país.
Pcia. de Misiones: 0800 444 3400
Pcia. de Corrientes: Corrientes: 0379 4974811 (fijo) / 379 4895124 (celular)
Sitios web útil:
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19