ECONOMÍAS REGIONALES

Establecen facilidades impositivas para productores de pera y manzana

La meta es que puedan cancelar las obligaciones que tengan con el organismo hasta el 31 de mayo de 2018. Los planes de pago de la AFIP son de hasta 90 cuotas.

6 Jun 2018

Esta mañana, en el Boletín Oficial de la Nación se publicó la Resolución General 4260, que establece "regímenes de facilidades de pago aplicables para la cancelación de obligaciones impositivas -excepto retenciones y percepciones- y de las correspondientes a aportes y contribuciones de la Seguridad Social, al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a cargo de los actores directos de la cadena de producción de peras y manzanas".

La norma incluye a productores, empacadores, frigoríficos, comercializadores e industrializadores de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa que acrediten las condiciones previstas en el Artículo 5° del Decreto 1125 del 29 de diciembre de 2017 y hayan presentado la nota en los términos de la Resolución General 4208-E.

En setiembre del año pasado, el Gobierno nacional incluyó a estas provincias en los alcances de la ley que declara la emergencia agropecuaria durante un año para productores de peras y manzanas, tras una presentación especial que realizó la Provincia y que quedó en firme luego de que la Cámara Baja nacional validara las modificaciones que se incluyeron en la Ley 27354.