Dan de baja 28 normativas del SENASA que perdieron vigencia con el paso del tiempo

El organismo detectó en una primera etapa normativas , desde leyes a decretos, que habían acumulado polvo y perdido vigencia con el paso del tiempo.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) detectó en una primera etapa un total de 28 normativas sanitarias, desde leyes a decretos, que habían acumulado polvo y perdido vigencia con el paso del tiempo, y en ese marco fueron incorporados para su derogación en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que saldrá publicado mañana en el Boletín Oficial, con el objetivo de simplificar los trámites en el Estado. 

Al presentar las medidas, el titular de la cartera de Producción, Francisco Cabrera, indicó que "un tercio de las normas sobre sanidad y calidad agroalimentaria están desactualizadas" y que "son más de 50 normas que se actualizan o derogan porque ya no se aplican". 

En ese marco, fuentes del Senasa explicaron a Télam que en esta primera etapa serán 28 las normativas que perderán vigencia. 

"Luego, en un próximo decreto, se buscará derogar más", agregaron. 

En total son 5 leyes las que se anulan en esta medida. La Ley nacional 2.268, que se refería a las "plagas del ganado" y establecía normas de control portuario para los reproductores que llegaban al país; la 2.793, que contenía medidas para combatir la langosta; la 3.708, también referida a la langosta y que establecía multas para quienes no la enfrentaran; la 4.863; que establecía un régimen de defensa de la producción agrícola; y la más reciente 25.369, que en el año 2000 declaró la emergencia sanitaria por la plaga del Picudo del algoponero. 

"En este DNU se eliminan normas obsoletas como tres leyes y dos decretos que ya no tienen utilidad, algunos con fechas como 1888, 1891 o 1898, sobre enfermedades exóticas en animales o la lucha contra la plaga de langostas", había informado Producción. 

La norma deroga además varios decreto-ley de gobiernos de facto, como el 15.245 de 1956; el 2.872 de 1958 (definía el rol de la policía sanitaria animal) y el 7.845. 

Finalmente, en esta primera tanda, el Senasa consideró que no había necesidad alguna para mantener con vigencia los decretos 89.048 (de 1936); 80.297 (de 1940); 5.153 ( de 1945); 12.405 (de 1956); 554 (de 1961); y 647 y 2.628 (ambos de 1968).