El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recordó en un comunicado que el trámite es gratuito y debe realizarse en la Oficina del Senasa más próxima al predio productivo.
El registro obligatorio abarca a todos los establecimientos lecheros bovinos y caprinos; cabañas de bovinos y caprinos (carne y leche) y establecimientos y cabañas de ovinos de leche.
Pasado dicho plazo sin haber efectuado la correspondiente inscripción, los establecimientos no podrán realizar movimientos de ganado.
Tampoco podrán emitir Documentos de Tránsito Electrónico (DTe) o Documentos para el Tránsito de Animales (DTA) hasta que regularicen la situación, remarcó la información oficial.
Una vez inscriptos, los establecimientos deberán implementar dos pruebas tuberculínicas anuales con un intervalo mínimo de sesenta días y un máximo de seis meses entre cada una de ellas.
Para lograr la Certificación Oficial de Tuberculosis dichas pruebas deben arrojar resultados negativos.