Economía

La CNV ya no controlará las operaciones de granos

El Gobierno hizo cambios en el mercado de operaciones de compraventa de granos en Bolsas y Mercados y corrió del control electrónico de éstas a la Comisión Nacional de Valores (CNV).

21 Mar 2016

En 2014, el Gobierno de Cristina de Kirchner había establecido, a través de la Resolución Conjunta 208/2014 y la Resolución General 628/2014 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP) y la Comisión Nacional de Valores (CNV), el registro obligatorio de las operaciones de compraventa de granos en Bolsas y Mercados. Así, se determinaba que las operaciones granarias debían informarse ante ambos organismos. 

Ahora, se eliminó a la CNV de la obligatoriedad de informar ante la plataforma electrónica en la que operadores de granos están obligados a declarar diariamente sus transacciones en el mercado spot (disponible, foward, a fijar, directas, canjes).

En el artículo 5 de la nueva normativa establece que "los Mercados y las Bolsas deberán celebrar convenios con cámaras arbitrales, con relación a su actuación como tribunales arbitrales en lo que respecta a la calidad, entrega física y demás aspectos involucrados en las operaciones de compraventa de productos y subproductos alcanzados por la presente y los que en el futuro se incluyan dentro del Anexo I, debiendo ser presentados en la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA dentro de los CINCO (5) días de celebrados". Antes se incluía también a la CNV.

Asimismo, en el artículo 1 se determina que "la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA será la Autoridad de Aplicación y Control del sistema unificado de información obligatoria de las operaciones de compraventa de granos que conforman el mercado físico -SIOGRANOS-".

Y se agrega: "La SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ejercerá las facultades previstas para la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES en los Artículos 2°, 14° y 15° de la Resolución Conjunta N° 208 y N° 628 de fecha 10 de julio de 2014 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, organismo autárquico actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectivamente, modificada por su similar N° 299 y N° 630 de fecha 21 de agosto de 2014".

La medida, que entrará en vigencia a partir de mañana, concluye: "La SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ejercerá la facultad prevista para la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA en el Artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 208 y N° 628 de fecha 10 de julio de 2014 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, organismo autárquico actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE FINANZAS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectivamente, modificada por su similar N° 299 y N° 630 de fecha 21 de agosto de 2014".

Con esta medida, el Gobierno nacional dispuso concentrar en la Secretaría de Mercados Agroindustriales la función de autoridad de aplicación y control del sistema unificado de información obligatoria de las operaciones de compraventa y canje de granos y subproductos que conforman el mercado físico (identificado como Siogranos).

El sistema está vigente desde julio de 2014 y originalmente se contemplaba la intervención de la ex Secretaría de Agricultura junto con la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Ahora "se torna necesario arbitrar los medios para poder unificar la toma de decisiones en el ámbito público para la agilización de los trámites correspondientes", explica la resolución conjunta 208 del Ministerio de Agroindustria y 628 de la CNV, publicada en el Boletín Oficial.

La norma recuerda que el Siogranos tiene por finalidad "promover la transparencia de los mercados, dentro de un marco de supervisión de todos los actores que intervienen en la respectiva comercialización".

Aclara luego que la Comisión de Valores "mantendrá el carácter de órgano de consulta permanente" en todos aquellos temas que la nueva autoridad de aplicación del sistema considere convenientes. Y podrá asimismo solicitar la información que estime necesaria para el cumplimento de sus funciones específicas, concluye la resolución conjunta.

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