El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) creó un programa para controlar la publicación de avisos en medios digitales que puedan representar la venta ilegal de productos de origen vegetal y animal.
A través de la Resolución publicada en en dia de hoy bajo el numero 344/2020 el organismo creó el "Programa de Fiscalización y Monitoreo en medios digitales".
Estará a cargo de Rosina Leicht Ziegler y busca "asegurar el control, por parte del Senasa y en el ámbito de sus competencias, del contenido publicado en los sitios web que comercialicen productos, subproductos y/o derivados de origen animal y vegetal..."
La norma habilita al organismo a realizar acuerdos con actores del sector privado. El año pasado, con el fin de evitar el comercio ilegal de insumos del agro, el Senasa hizo un acuerdo con Mercado Libre .
La resolución de hoy destaca que se pretende "detectar anuncios o avisos publicitarios efectuados por usuarios de los sitios web, que pudiesen hallarse en infracción a la normativa sanitaria vigente".
Entre otros puntos, en los considerandos se señala que en la actualidad existen numerosas compañías de tecnología y sitios web que ofrecen soluciones de comercio electrónico, en virtud de las cuales cualquier persona o empresa puede comprar, vender, pagar, enviar y publicar una amplia gama de productos y servicios a través de internet.
Que, en tal sentido, se ha constatado que mediante dichas modalidades de compra y venta, hoy en día se comercializan productos veterinarios, mascotas, animales no domésticos y alimentos para animales, fertilizantes, agroquímicos, entre otros.
Que, en tal contexto, resulta necesario que el SENASA intervenga como órgano de contralor en dichas operaciones, a los fines de evitar la venta de productos o sustancias prohibidas que pueden atentar contra la salud de los consumidores.
En el mismo sentido, la resolución plantea que una herramienta adecuada y conducente al respecto, es la celebración de convenios de colaboración recíproca con distintos actores del sector público y privado que permitan a este Servicio Nacional tener acceso a aquellas plataformas/medios digitales que requieran de la fiscalización y monitoreo del Organismo, de acuerdo a la competencia de que se trate y con relación a los productos, subproductos y/o derivados de origen animal y vegetal contemplados en el Artículo 1° de la precitada Ley N° 27.233.
Que con la celebración de dichos convenios, el SENASA podrá disponer de información adicional de quienes realizan las publicaciones, controlar un canal de venta al cual no tenía acceso hasta el momento y contar con una herramienta que amplíe su espectro de acción, con lo que permitirá optimizar los recursos disponibles y detectar anuncios o avisos publicitarios efectuados por usuarios de los sitios web que pudiesen hallarse en infracción a la normativa sanitaria vigente.