Chile

Nuevas facultades fiscalizadoras en transacciones agrícolas

El SAG tendría registrados laboratorios por los cuales deben pasar muestras de ciertos productos, que hasta el momento, no estén regulados por alguna normativa

25 Jun 2012

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que regula las transacciones comerciales de los productos agropecuarios. ¿El objetivo? Establecer lineamientos direccionados a la libre determinación de precios en las transacciones. Todo a través de nuevas facultades que se le otorgarían al Servicio Agrícola y Ganadero. (SAG)

Esto porque la eventual normativa regula con carácter obligatorio el procedimiento de análisis de muestras y contramuestras, y medición, según corresponda, de los productos agropecuarios que se transan en el mercado nacional y que no se encuentren regulados por una ley especial. Es aquí donde entrarían las labores del SAG, ya que el organismo tendría registrados los laboratorios de ensayo, de laboratorios de ensayo arbitrador y de laboratorios de calibración.

Procesos de transacción
En la primera transacción comercial de un producto agropecuario, será obligatorio para el agroindustrial la obtención, custodia y conservación de una muestra y una contramuestra del producto, así como el envío de la muestra al laboratorio de ensayo y de la contramuestra a un laboratorio de ensayo arbitrador.

Si alguna parte de la transacción no estuviere conforme con el resultado obtenido del análisis de la muestra, podrás olicitar el análisis de la contramuestra enviada al laboratorio de ensayo arbitrador. El resultado de éste análisis será el definitivo.

El SAG será el encargado de fiscalizar el cumplimiento de las normas de esta ley y su reglamento. Las denuncias por infracciones serán realizadas por cualquier interesado o por los funcionarios del Servicio cuando las hayan conocido en el ejercicio de sus facultades fiscalizadoras.